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29 comentarios:
Opino, como estudiante de traducción y ciudadano guatemalteco, que el Diccionario de la Real Academia Española debe tomarse como primera referencia no solo ante toda circunstancia jurídica como dice el Art. 11o., sino también ante cualquier traducción de lengua española.
El traductor debe tener mucho cuidado de no cambiar el sentido de las palabras pertenecientes a cierta región. Guatemala, es un país con una basta cantidad de modismos y expresiones idiomáticas de distintas regiones internas, por lo que un traductor extranjero sentirá trabajoso traducir modismos guatemaltecos al contrario con lo que sucede con un traductor nacido y criado en Guatemala.
También puedo mencionar que como el conocimiento humano sigue una evolución paulatina especialmente en el ámbito científico, el hombre por necesidad de nombramiento debe crear términos que aborrasquen dicho conocimiento. No obstante, creo que el DRAE se actualiza constantemente y no habrá mayor problema refiriéndose a la traducción en esa área.
Como todos sabemos, el idioma español es uno de los oficiales en la ONU, y la Real Academia Española es la organización encargada de establecer el significado que en él existan. Así pues, el Diccionario normativo de la Real Academia Española nos expone una gran variedad de términos que pueden ser utilizados en nuestro hablar cotidiano. Sin embargo, en el ámbito legal, la utilización de nuestro idioma, puede crear cierto dilema.
Tal como lo impone el artículo 11 de la LOJ, las palabras tendrán el significado oficial que nos indique el DRAE, aunque si por algún motivo, la persona o el órgano del cual emanan las leyes establece un significado no estipulado por la RAE, pues éste será reconocido como tal.
De esta forma, nuestros términos podrán lograr una mejor adaptación según el contexto en el que sean empleados.
Muchas veces en una traducción se pueden encontrar términos que no tengan una traducción establecida, y esto puede generar un "conflicto" entre la lengua origen y la lengua meta, o sea a la que se está traduciendo.
Para ayuda del traductor latinoamericano, la ayuda que tiene es la del Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, el cual es actualizado constantemente pero como se menciona el párrafo anterior se puede encontrar con situaciones similares para la cual tiene que encontrar un equivalente que le permita transmitir el mensaje, como està estipulado en el Artículo 11 de la Ley del Organismo Judicial.
Según lo estipula la Ley del Organismo Judicial en su artículo 11 que el idioma oficial de Guatemala es el Español y que se auxilia por el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española en donde se determina que los términos utilizados en el proceso judicial muchas veces pueden no tener una traducción no equivalente al idioma que se esta traduciendo por lo tanto se convierte en una dificultad para el traductor, es ahí cuando el tiene que buscar un equivalente adecuado para relacionarlo con el contexto del documento en el cual se esta trabajando.
Por ese motivo el traductor debe utilizar este artículo para respaldar su trabajo.
La ley claramente expresa sin lugar a dudas la calidad exclusiva de oficialidad del español. Expresa asímismo que la ley debe ser escrita en este idioma, y proporciona además una jerarquía vital para el traductor, al declarar que toda palabra en la ley debe entenderse (si no está definida en la ley misma) por su acepción en el DRAE, si no es posible, por su significado regional.
Este artículo le da la ventaja al traductor de tener -por decirlo así- un catálogo terminológico amplio y seguro respecto al significado de lo que
ha de traducir.
NOTA: Entrada anterior suprimida por error en el texto.
para un traductor, el artículo 11 de la Ley del Organismo Judicial es sumamente importante, porque indica que es indispensable utilizar el DRAE debido a que cualquier palabra que se utilice en español tendrá que aparecer en él; exceptuando claro, las que son propias de un país.
Esto quiere decir que el traductor tiene la obligación profesional de utilizar un español internacional en su trabajo, para evitar problemas de comprensión en una traducción, a esto le añadimos que utilizar palabras coloquiales o modismos resulta inadecuado.
El uso adecuado de nuestro idioma, es una parte importante de nuestra formación como traductores y el DRAE es una herramienta que nos ayuda en dicha formación.
Después de analizar el arrículo 11 de la LOJ pude darme cuenta que es de suma importancia para uno como traductor, ya que observamos que la Real Academia Española es la guía para todo traductor, cuando nos referimos al idioma español. Es importante para nosotros como estudiantes de la carrera porque somos guatemaltecos, y nuestro idioma materno es el español; por lo tanto tenemos que tener un conocimiento amplio acerca de nuestro idioma antes de poder traducir un documento al ingles, o cualquier otro idioma.
En algunas traducciones nos podemos encontrar con dificultades cuando se está utilizando un lenguaje muy técnico, y si esas palabras no están regidas en el DRAE podemos acudir a la definición que se utiliza en cada país o región; a menos que se haya especificado antes el uso de esta palabra en un sentido diferente.
Marcela Girón
El artìculo once de la LOJ que relativamente nos conlleva a el tema Idioma de la Ley, nos hace referencia a que toda persona que interactùe en el àmbito legal, debe aferrarse al significado de las palabras que el DRAE nos proporciona. De esta manera, podremos evitar todo tipo de acepciones que puedan distorcionar nuestro entorno social.
El Idiona oficial en Guatemala es el español, y el artículo 11o. estipula que la LOJ debe estar en el idioma oficial, teniendo como base el Diccionario de la RAE. Sin embargo, se debe tener en cuenta que en Guatemala existen palabras que no tienen definición en el Diccionario de la RAE, así que, se hace necesario darle la acepción según la región del país, además, hay lenguajes técnicos, científicos, etc., que tienen características únicas y que se les debe dar el sentido en el contexto que se den. Todo lo anterior nos conduce a darnos cuenta de lo importante que es tener a la mano el Diccionario de la RAE, ya que como traductores debemos tener el conocimiento de los términos que no estan registrados en el mismo, para poder adaptar o encontrar un equivalente de acuerdo al contexto o región del país.
En este artìculo se define que en base a lo estipulado en la ley el idioma que habra de utilizarse es el español tanto para su razonamiento como para su aplicaciòn, basandose en el uso del diccionario de la Real Academìa Española estableciendo de tal manera que si la palabra ha utilizar no apareciera en dicho Dicionario entonces si le dara la màs apropiada interpretaciòn
COMO ESTUDIANTE DE LA CARRERA DE TRADUCCIÓN ES IMPORTANTE QUE TENGAMOS EN CUENTA ESTE TIPO DE LEYES EN ESPECIAL SI SOMOS RECIDENTES DEL PAÍS, YA QUE COMO LO DICE EL ARCTÍCULO 11 DE LA LOJ EL IDIOMA OFICIAL ES EL ESPAÑOL.
ES IMPORTANTE CONOCER ESTO YA QUE COMO TRADUCTORES PROFESIONALES NOS SERVIRÁ EN NUESTRO ÁMBITO LABORAL PARA PODER REALIZAR LAS TRADUCCIONES CORRESPONDIENTES EN EL PAÍS.
SI EN ALGÚN DADO CASO LLEGAMOS A TRABAJAR EN ALGUNA ENTIDAD DEL ESTADO, ESTAREMOS AMPARADOS CON LA LEY A REALIZAR LAS TRADUCCIONES REQUERIDAS, QUE VENGAN DEL EXTRANJERO, HACIA EL ESPAÑOL.
NADA NI NADIE NOS PUEDE OBLIGAR A REALIZARLAS A OTRO IDIOMA MEDIA VES ESTAS SEAN PARA LA INTERPRETACIÓN DE LA NACIÓN.
TODA PALABRA A TRADUCIR SERÁ ENTENDIDA SEGÚN EL DRAE Y SI EN DADO CASO EL TÉRMINO A UTILIZAR ES UN TÉRMINO PROPIO DE LA CIENCIA, SERÁ NECESARIO HACER UNA BREVE ACLARACIÓN.
KLARA GONZÀLEZ
La base legal para un traductor jurado en Guatemala, es el artículo 11 de la Ley del Organismo Judicial, debido a que este fundamento asegura que un traductor tenga un desempeño laboral y profesional con mayor abundancia que si no fuera un requisito de ley que cualquier documento con respaldo legal que ingrese al país debe de ser traducido.
También es importante para un traductor en el momento de llevar a cabo una traducción, ya que dicho artículo sirve de referencia en el momento de encontrar un término en la DRAE que se aplique correctamente en una traducción al español.
LA LEY DEL ORGANISMO JUDICIAL EN SU ARTICULO ONCE, REPRESENTA UNA GUIA PARA EL TRADUCTOR AL MOMENTO DE ENFRENTARSE A PALABRAS QUE PROBABLEMENTE NO SE CONOCEN O ENTIENDEN EN ESPAÑOL. ES POR ESTO QUE ES IMPORTANTE QUE EL TRADUCTOR UTILICE EL DICCIONARIO DE LA REAL ACADEMIA ESPAÑOLA PARA REALIZAR SUS TRADUCCIONES.
AUNQUE EL ESPAÑOL ES UN IDIOMA MUY CONOCIDO Y HABLADO POR TODOS, O POR LO MENOS LA MAYORIA DE LOS PAISES EN LATINOAMERICA, ESTE PRESENTA UNA SERIE DE VARIACIONES QUE EL TRADUCTOR DEBE TOMAR EN CUENTA AL REALIZAR SU TRABAJO.
ANA GABRIELA ARRIAZA MONTT
200710554
DE ACUERDO CON EL ARTICULO 11 DE LA LEY DEL ORGANISMO JUDICIAL QUE ESTABLECE QUE EL IDIOMA ESPAÑOL ES EL IDIOMA OFICIAL DE GUATEMALA Y QUE TODO ESTARA BASADO EN LA REAL ACADEMIA ESPAÑOLA, NOSOTROS COMO ESTUDIANTES DE TRADUCCION LO DEBEMOS DE TOMAR COMO REFERENCIA PRINCIPAL PARA REALIZAR NUESTRO TRABAJO DE FORMA ADECUADA Y LO PODEMOS UTILIZAR COMO HERRAMIENTA PRIMORDIAL PARA LA REALIZACION DEL MISMO.
COMO FUTUROS PROFESIONALES DE ESTA PRESTIGIOSA CARRERA, DEBEMOS CONOCER ESTAS REFERENCIAS LEGALES PARA PODER REALIZAR UN BUEN TYRABAJO Y CON REFERENCIA LEGAL.
Enhorabuena que hemos tenido mucha participación, cada comentario es muy interesante y refleja la inquietud intelectual por analizar y saber más. Cada aporte enriquece y se cumple con objetivo de este blog, principalmente hoy en el Dia Internacional del Traductor.
Cualquier comentario adicional es bienvenido siempre.
¡Felicidades en este Día del Traductor a todos los que han visitado, leído, comentado en cualquier sentido este blog, cada aporte es muy valioso y crea la cultura de la importancia de la traducción en una sociedad y hoy principalmente en un mundo globalizado que está cambiando vertiginosa y aceleradamente con especial atención en lugares como Wall Street, NY, EUA con repercusiones históricas impredecibles aún pero con mucha esperanza que una crisis es un tiempo de oportunidades. ¡Sigamos adelante!
Como estudiante de traducción, opino que el articulo 11 de la Ley del Organismo Judicial, es muy importante para nosotros como traductores, ya que el idioma oficial es el español, además existe el DRAE que es uno de los diccionarios más completos, aunque cada país, tenga sus propios modismo, y palabras que talvez no se encuentren allí pero podemos usar equivalentes, ya que para un traductor se le va a dificultar un poco, ya que tiene que conocer un poco de las distintas culturas, para que aya una mejor comprensión.
Se debe ser cuidadoso en la interpretación de la ley puesto que caso contrario, no estaríamos actuando bien ya que dichas leyes se hicieron para cumplirse en el estricto apego de la palabra por lo tanto debe analizarse cuidadosamente cada articulo, cada palabra, cada numero, cada letra, cada coma y este es el papel principal de nosotros como traductores puesto que toda la esperanza en un proceso legal estaría puesto en nosotros, tratándose precisamente de traducir.
Debe ponerse énfasis e importancia a lo que establezca la ley y basar todo en lo que diga la ley en este caso indica que se debe seguir como fundamento el diccionario de la Real Academia de la Lengua Española o según lo demande la justicia. Esto es para no chocar con la ley ya que debe estar apegada al derecho.
YO CREO QUE LO IMPORTANTE DE SEGUIR ESTE ARTICULO ES QUE DE ESTA MANERA SE HACE UNIFORME LA TRADUCCIÓN POR DECIRLO DE ALGUNA MANERA YA QUE EL DICCIONARIO DE LA RAE NOS SIRVE COMO BASE EN NUESTRAS TRADUCCIONES Y TAMBIEN ESTAMOS ACTUANDO DE ACUERDO CON LO QUE LA LEY NOS DICE,TAMBIEN ESTOY DE ACUERDO CON ALGUNOS COMENTARIOS QUE HAN HECHO EN LOS QUE DICEN QUE TAMBIEN SE NECESITA ADAPATARSE A LOS MODISMOS DEL LUGAR EN ESTE CASO GUATEMALA PARA UNA MEJOR COMPRENSION POR SUPUESTO SIN CAMBIAR EL SIGNIFICADO.
Al leer estos comentarios me doy cuenta que la ortografía de algunos está mal. Como Traductores o estudiantes de traducción, antes de escribir deberían de revisar su ortografía, es sumamente importante!!!
Ya que el español es la lengua oficial de Guatemala, la Ley también debe ser escrita exclusivamente en este idioma. La primera fuente de consulta de un traductor debe ser el DRAE, ya es que el único que reconoce la LOJ en su art. 11. Así que la ley solamente contemplará y aceptará términos impuestos por la RAE. Todo traductor debe someterse a esta Ley.
El traductor debe valerse de está herramienta (el DRAE) ya que cualquier palabra que se utilice debe estar registrada en el mismo. También este diccionario está en constante actualización, exponiendo términos del hablar cotidiano, técnicos, científicos, culturales, teológicos, etc. De esta manera el traductor tiene la facilidad de estar en contacto con los nuevos términos y poder realizar de una manera eficiente y eficaz sus traducciones que a la vez serán respaldadas por esta ley.
La ley de Organismo Judicial en el articulo 11, muestra la información o una guía para el traductor, para que cuando el traductor se vea en la necesidad de trabajar con palabras desconocidas pueda tener un soporte para encontrar el significado aceptado legalmente.
Es muy importante para el traductor el trabajar en base a este diccionario para poder realizar una traducción precisa,ya que como este artículo 11 lo describe,el Idioma oficial de Guatemala es el español y debe auxiliarse con el diccionario de la Real Academia de la Lengua Española.
Este artículo al igual que el artículo 143 de la constitución política de la república, establece que el idioma oficial de Guatemala es el español. Es interesante porque establece que el único diccionario aceptado para cualquier consulta es el de la RAE. Sin embargo, a mi parecer deja un espacio abierto para todas aquellas que no existen dejándolas a la merced de los legisladores y esto puede tornarse en desventaja en algunas ocasiones, en caso que dos legisladores piensen de manera distinta. Un caso similar se da con términos técnicos y de ciencia que a la velocidad que la técnología va a avanzando y surgen nuevos términos que no aún no aparecería en el diccionario en cuyo caso habría que entender el concepto de la palabra que se está utilizando; de ahí nuevamente la importancia de que el traductor verdaderamente entienda a plenitud el SIGNIFICADO y no la FORMA de una palabra u oración, de otra manera caería en literalismos o traducciones incorrectas.
Es importante basarse en las leyes del país en donde se realiza una traducción y también conocer las acepciones de las palabras, además de analizar el contexto para ser lo más específico posible, además investigar todo lo pertinente a lo que se investiga, para minimizar el margen de error.
Creo que el Artículo 11 de la LOJ es muy acertado, ya que a mi criterio, el DRAE es la mejor referencia que se puede tener, ya que es "lo oficial", además, como bien lo menciona el compañero y lo creo yo también como estudiante de Ciencias Lingüísticas, es el mejor aliado a la hora de traducir.
Siendo el idioma español la lengua más compleja a nivel mundial, siempre será necesario realizar más de alguna consulta. Además de ser el DRAE el "diccionario oficial", provee también los términos que son utilizados solamente en ciertas regiones, lo cual ayuda a saber escoger las palabras correctas, para realizar una traducción que sea entendible en toda latinoamérica.
opino que la decision de consultar el diccionario de La Real Academia Española en los procesos judiciales es por demás acertado y concuerdo con la opinion de aplicar las referencias de dicho diccionario en cualquier traducción a la lengua española, en este país la cultura es muy variada y pueden existir muchas definiciones para una sola expresión pero lo ideal es consultar en el diccionario la mas adecuada y aplicarla al campo en que se este desarrollando para poder tener un documento, discurso, escrito, etc. claro y entendible para todos.
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